Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana.
Segundo Tribunal Ambiental desestimó reclamación en contra del proceso de revisión del proyecto “Ovejería” de Codelco Andina.
El Tribunal estimó que no correspondía dar inicio a un procedimiento de invalidación pues existía un recurso administrativo pendiente.

El Segundo Tribunal Ambiental rechazó la reclamación presentada por Francisca Escudero P., Catalina Cohén A. y la Asociación Gremial de Agricultores Chacabuco- Polpaico A.G., en contra de la resolución de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana mediante la cual decidió no admitir a trámite la solicitud de invalidación contra la revisión de la RCA del proyecto Tranque Ovejería de Codelco.
La sentencia sostiene que la Resolución Exenta N° 68/2016, que declaró inadmisible la solicitud de invalidación presentada en contra de la Resolución Exenta N° 204/2015, de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, adolece de una indebida fundamentación, al exigir la utilización del régimen recursivo especial a quienes no les era aplicable por cuanto las reclamantes de autos no fueron parte del procedimiento de revisión del artículo 25 quinquies de la Ley N° 19.300.
Sin perjuicio de lo anterior, continúa la resolución “a juicio del Tribunal, el vicio antes referido no exige la nulidad de la resolución, pues el acto impugnado aún no se encuentra firme”.
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