Sin suspensión.
TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna norma de la ley de arrendamiento que impide conceder orden de no innovar vulnerando debido proceso.
La gestión pendiente incide en autos sobre juicio de arrendamiento ventilados ante el 23° Juzgado Civil de Santiago.

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 8, numeral 9°, segundo párrafo, parte final, de la ley N° 18.101, que fija normas especiales sobre arrendamiento de predios urbanos.
La gestión pendiente incide en autos sobre juicio de arrendamiento ventilados ante el 23° Juzgado Civil de Santiago, en actual conocimiento de la Corte de Apelaciones de Santiago vía recurso de apelación.
El requirente estima que los preceptos impugnados infringirían el debido proceso, pues se limita la utilización de un mecanismo de resguardo de los derechos de quien ostenta una posición legítimamente afectada, lo que deja al recurrente en un estado de indefensión relativo a la tutela efectiva de sus pretensiones judiciales.
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