Diario Constitucional

No existe gestión pendiente.

TC declaró inadmisible inaplicabilidad que impugnaba norma que establece orden de detención judicial por no comparecencia.

La gestión pendiente incide en autos sobre delito de apropiación indebida, sustanciados ante el Juzgado de Garantía de Molina.

Por Redacción·12 de julio de 2017·1 min de lectura
TC declaró inadmisible inaplicabilidad que impugnaba norma que establece orden de detención judicial por no comparecencia.
Referencial

El TC declaró inadmisible un requerimiento de inaplicabilidad que impugnaba el artículo 127, inciso primero, del Código Procesal Penal.

El precepto impugnado establece: “Detención judicial. Salvo en los casos contemplados en el artículo 124, el tribunal, a solicitud del ministerio público, podrá ordenar la detención del imputado para ser conducido a su presencia, sin previa citación, cuando de otra manera la comparecencia pudiera verse demorada o dificultada”.

La gestión pendiente incide en autos sobre delito de apropiación indebida, sustanciados ante el Juzgado de Garantía de Molina.

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