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Con suspensión.

TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna normas sobre delito de incumplimiento de deberes militares en caso por defraudación de recursos de Ley Reservada del Cobre.

La gestión pendiente incide en autos sobre delito de incumplimiento de deberes militares, de que conoce la Ministro en Visita Extraordinaria Romy Rutherford.

12 de julio de 2017

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna los artículos 299 N° 3, 431 y 433 del Código de Justicia Militar.

La gestión pendiente incide en autos sobre delito de incumplimiento de deberes militares, de que conoce la Ministro en Visita Extraordinaria Romy Rutherford de la Corte Marcial.

El requirente estima que los preceptos impugnados infringirían el debido proceso, por cuanto el artículo 299 Nº 3 sería una ley penal en blanco impropia o de reenvío sólo si se entiende complementada por el artículo 431, sin embargo, este último dispone que debe ser el Presidente de la República quien dicte el reglamento complementario, lo que no ocurre en el caso en cuestión; afectando, además, el principio “non bis in ídem”.

Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a las demás partes de la gestión invocada.

En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

 

 

Vea texto íntegro del expediente Rol N° 3637-17.

 

 

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