Con disidencia.
TC se pronunciará respecto del fondo de inaplicabilidad que impugna normas que permiten sancionar en materia sanitaria sobre la base de infracciones a preceptos reglamentarios.
La gestión pendiente incide en autos sobre reclamación de multa, de que conoce el Primer Juzgado Civil de Antofagasta.

Se solicitó declarar inaplicables, por inconstitucionales, los artículos 174, inciso primero, 166 y 171, inciso final, todos del Código Sanitario, en aquella parte de los artículos en que el legislador permite que se pueda sancionar sobre la base de infracciones a normas reglamentarias.
La gestión pendiente incide en autos sobre reclamación de multa, de que conoce el Primer Juzgado Civil de Antofagasta.
La requirente estima que los preceptos impugnados infringen el principio de reserva legal y el principio de tipicidad, toda vez que sólo la ley puede ser fuente creadora de la infracción y de la sanción o pena. Además considera que vulneraría el debido proceso, ya que hay varios elementos de un racional y justo procedimiento que no se cumplen, como por ejemplo la notificación y audiencia del afectado, la presentación de pruebas, la recepción de ellas y su examen, la dictación de sentencia en un plazo razonable, la dictación de sentencia por un tribunal u órgano imparcial y objetivo, y la posibilidad de revisión de lo fallado por una instancia superior igualmente imparcial y objetiva.
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