Primera sala.
Ingresó al TC inaplicabilidad que impugna normas que regulan notificación al empleador de demanda ejecutiva laboral.
La gestión pendiente incide en autos sobre procedimiento ejecutivo laboral, sustanciados ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago.

Se solicitó declarar inaplicables, por inconstitucionales, el artículo 466 en relación al artículo 440, ambos del Código del Trabajo.
Los preceptos impugnados establecen, en esencia, el procedimiento y la forma de la notificación en el marco de la regulación del procedimiento de cobranza laboral.
La gestión pendiente incide en autos sobre procedimiento ejecutivo laboral, sustanciados ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago.
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