Diario Constitucional

Segunda sala.

Ingresó al TC inaplicabilidad que impugna norma que permite al SII presumir renta mínima imponible cuando renta líquida imponible no pueda determinarse claramente.

La gestión pendiente incide en un recurso de apelación, de que conoce la Corte de Apelaciones de Santiago.

Por Redacción·02 de octubre de 2017·2 min de lectura
Ingresó al TC inaplicabilidad que impugna norma que permite al SII presumir renta mínima imponible cuando renta líquida imponible no pueda determinarse claramente.
Referencial

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 35 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

El precepto impugnado establece: “Cuando la renta líquida imponible no pueda determinarse clara y fehacientemente, por falta de antecedentes o cualquiera otra circunstancia, se presume que la renta mínima imponible de las personas sometidas al impuesto de esta categoría es igual al 10% del capital efectivo invertido en la empresa o a un porcentaje de las ventas realizadas durante el ejercicio, el que será determinado por la Dirección Regional, tomando como base, entre otros antecedentes, un promedio de los porcentajes obtenidos por este concepto o por otros contribuyentes que giren en el mismo ramo o en la misma plaza. Corresponderá, en cada caso, al Director Regional, adoptar una u otra base de determinación de la renta.

No se aplicarán las presunciones establecidas en el inciso anterior, cuando a juicio de la Dirección Regional, no pueda determinarse la renta líquida imponible debido a caso fortuito”.

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