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Se consideró afiliado a partido político.

TRICEL confirmó sentencia que desestimó reclamación presentada por rechazo de candidatura independiente a Consejero Regional.

Los recurrentes adujeron que la sentencia se dictó en abierta infracción de derecho y manifiesta falta de fundamento.

3 de octubre de 2017

El Tribunal Calificador de Elecciones rechazó el recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución del Tribunal Electoral de la Región de Magallanes, que rechazó la reclamación de declaración de candidatura de consejero regional deducida por Jorge Ivelic Suárez, candidato independiente dentro del Pacto “Todos por Chile”, subpacto PRO + Independientes.

Cabe recordar que la sentencia del TER resolvió rechazar la reclamación, pues el candidato fue declarado como militante del Partido Progresista, pero no figura en el respectivo Registro General de Afiliados, además que la declaración jurada presentada por el candidato no fue presentada en original o documento autentificado.

Los recurrentes adujeron que la sentencia se dictó en abierta infracción de derecho y manifiesta falta de fundamento, ya que el candidato por un error involuntario no acompañó el original de la declaración jurada, más no fue notificado con el objeto de subsanar dicho error, el que además fue subsanado. Además, por un error involuntario no se anotó la palabra independiente en la inscripción de la candidatura, por lo que la información entregada por el Partido Progresista que indica que no es militante de dicho partido es la correcta.

El Tribunal Calificador de Elecciones confirmó la sentencia apelada.

 

 

Vea textos íntegros del expediente y la sentencia en causa Rol Nº 1300-2017.

 

 

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