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Cuasidelito de verter contaminantes al mar.

Juzgado de Puerto Natales condena a pagar multas a capitán y timonel de ferry por contaminación en canales australes.

El Tribunal sostiene que en procedimiento simplificado se aplicó, además, la pena accesoria de cancelación de su matrícula o título otorgado por la Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante.

10 de octubre de 2017

El Juzgado de Garantía de Puerto Natales condenó a y timonel, del ferry Amadeo I, a pagar multas individuales de 50 UTM, como autores del cuasidelito de verter contaminantes al mar, descrito en el artículo 136 de la Ley General de Pesca y Acuicultura. Ilícito perpetrado el 18 de agosto de 2014, cuando la embarcación encalló en el Paso Kirke, en la Provincia de Última Esperanza.
El Tribunal sostiene que en procedimiento simplificado se aplicó, además, la pena accesoria de cancelación de su matrícula o título otorgado por la Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante y decretó que las multas irán en beneficio municipal y del Fondo de Fomento para la Pesca Artesanal.
Se dio por establecido que alrededor de las 09:00 horas el 18 de agosto del 2014, navegaba el capitán y timonel del trasbordador Amadeo I, de la empresa Navimag, que en ese momento  atravesaba el canal marino Kirke en la Provincia de Última Esperanza. Al llegar al paso Kirke, el capitán, desatendiendo las recomendaciones registradas en el manual de navegación denominado ‘derrotero de los canales del sur' respecto del cruce del paso Kirke, y además adelantando deliberadamente la hora del ingreso a dicho paso, lo que de acuerdo a la información entregada por la Armada, no debía hacerse antes de las 14 horas, ordenó a su tripulación ingresar con la nave al paso Kirke alrededor de las 9 AM, en conocimiento de que enfrentaba condiciones no óptimas para la circulación del navío, especialmente dado que no era la hora de pleamar que debe preferirse para el ingreso al ya mencionado paso. 
A continuación, la resolución añade que este último es un dato que el capitán no podía menos que conocer dada su experiencia de años  de navíos que cruzan el mismo paso. Una vez en el interior del paso Kirke, el timonel, fue negligente al virar a estribor cuando debió haberlo hecho a babor, y debido a que el capitán había dispuesto el ingreso al paso a una hora no adecuada, el trasbordador golpeó su casco contra las rocas a la altura de las bodegas de carga, sufriendo diversos daños y hundiéndose parcialmente sobre su lado derecho.
Concluye la sentencia que ello provocó la tocada de fondo de la nave a su mando contra la Isla Merino en la angostura Kirke, y el derrame de combustible y petróleo que la nave transportaba en sus propias bodegas, tanto como del combustible y petróleo existente en los vehículos que transportaba. A consecuencia de lo anterior, se produjo la contaminación directa del agua de mar con hidrocarburos provenientes del navío, la muerte de 152 animales que la nave llevaba como carga, cuyos cuerpos quedaron en el agua, y la muerte de una gran cantidad de mauchos, recurso hidrobiológico autóctono de la zona. Este hecho causó un grave daño ambiental a todo el entorno marino, un grave detrimento al patrimonio ambiental y perjuicios a la biodiversidad de la zona, todas consecuencias directas de las órdenes dadas por el capitán quien hizo caso omiso a los peligros que enfrentaba la nave, y del error de navegación cometido directamente por el timonel.

 

Vea texto íntegro de la sentencia

 

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