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Propuesta constitucional de la candidata presidencial Carolina Goic.

A partir de esta primera publicación, DiarioConstitucional.cl comenzará a difundir las propuestas constitucionales de los candidatos a la presidencia de la República.

11 de octubre de 2017

A partir de esta primera publicación, DiarioConstitucional.cl comenzará a difundir las propuestas constitucionales de los candidatos a la presidencia de la República, comenzando con el texto que postula la candidata Carolina Goic.

En el documento –titulado: “Una nueva Constitución para Chile que sea la Casa Común que todos anhelamos” –  se plantea que una Constitución Política debe unir, porque en ella deben verse reflejadas las ideas básicas que todas y todos compartimos acerca de las principales normas y principios que han de regir nuestra convivencia y especialmente los procesos para resolver nuestras legítimas diferencias.

Enseguida, se aduce que pese a las numerosas reformas que ha sufrido, se constata que la ciudadanía no considera a la actual Carta Fundamental como propia, para lo cual considera que la nueva Constitución no debe partir desde cero. El texto actual contiene disposiciones valiosas que son parte de nuestra larga tradición constitucional. Otras son novedades provechosas incorporadas en 1980, como es el caso de la segunda vuelta presidencial y el recurso de protección. Existen además reglas positivas que resultan del esfuerzo reformista de los últimos 27 años, como son, por ejemplo, el fortalecimiento del debido proceso penal y la consagración constitucional de los principios de probidad y transparencia de los actos de los órganos públicos. Todo ello podría volver a contemplarse y a perfeccionarse en el nuevo texto.

En ese sentido, y en torno a la dignidad humana, se expone que, de la dignidad se desprenden un conjunto de derechos fundamentales que la nueva Constitución reconocerá y garantizará (vida, libertades, igualdad, educación, salud, vivienda, propiedad, protección del trabajo, medio ambiente, etc.), perfeccionando especialmente algunos de carácter social, cuya regulación aparece debilitada en la Constitución actual debido a la concepción neoliberal que se expresa en algunos de sus preceptos. Se incluye el reconocimiento de nuestros pueblos indígenas y el carácter pluriétnico de la nación chilena, como asimismo el deber del Estado de respetar y promover sus expresiones culturales.

A continuación, y en cuanto a la democracia, señala el documento, entre otras propuestas, que en materia de derechos políticos, aseguraremos no sólo el libre e igualitario acceso a elegir, ser elegido y asociarse en partidos, sino además el derecho a participar en la elaboración de proyectos normativos y políticas públicas en la forma que determine la ley.

Asimismo, se reforzará la credibilidad y confianza en el Congreso, por lo que la nueva Constitución contemplará la regla de la mayoría y, sólo en casos muy excepcionales la mayoría absoluta, pero en ningún caso una supramayoría, como ocurre actualmente con las leyes orgánicas constitucionales.

Y en materia de tramitación legislativa, se revisarán las reglas que otorgan exceso de poder al Presidente en materia de iniciativa legislativa exclusiva, la que se debe limitar sólo a ciertas materias excepcionales, como las que involucran aumentos de gastos públicos directos, generándose al mismo tiempo materias de iniciativa exclusiva de los parlamentarios. Asimismo se modificará la situación de las urgencias, para evitar la discrecionalidad presidencial en la tramitación legislativa, volviendo a la regla de la Constitución de 1925, en cuanto a que sean las Cámaras las que asientan en su calificación, sobre todo en el caso de la discusión inmediata.

De otro lado, se manifiesta que la nueva Constitución habilitará y establecerá las bases de un efectivo proceso de descentralización política, administrativa y financiera a nivel regional, para lo cual se propone un diseño constitucional en materia de descentralización junto con los principios rectores que debieran estar presentes en la legislación que se dicte posteriormente. Los principios o ideas matrices que deben guiar el proceso para transitar hacia la concreción de esta forma de Estado son: a) la gradualidad, b) la selectividad y c) la coordinación en el desarrollo legislativo de las tres dimensiones de la descentralización: descentralización política, fiscal y traspaso de competencias (descentralización administrativa).

Finalmente, y en relación Tribunal Constitucional, expone el texto que se le entregará la función de velar por la supremacía constitucional y de resolver los conflictos que surjan entre los poderes estatales, pero corrigiendo algunos de los defectos que presenta su actual organización y atribuciones. Así, se propone  que los nombramientos de sus ministros, independientemente de la autoridad que los designe, se realicen por medio de un concurso público, en que haya espacio para auscultar, incluso con participación de la ciudadanía, las aptitudes de los candidatos; que exista un número impar de miembros para facilitar los acuerdos y evitar los empates, como ocurre actualmente; que, para garantizar la imparcialidad y legitimidad de sus integrantes, se revise el tiempo durante el cual ejerzan sus cargos.  En cuanto al control preventivo de carácter facultativo que se origina por las dudas que surjan acerca de la constitucionalidad de un proyecto de ley durante su tramitación, éste deberá racionalizarse para evitar la politización del Tribunal; deberá terminarse con el control obligatorio de las leyes orgánicas constitucionales, como consecuencia de que esas leyes deberán desaparecer de nuestro sistema; y, en relación al control represivo, finalmente, se evaluarán mecanismos que permitan una coordinación fluida entre el Tribunal Constitucional y los tribunales ordinarios de justicia.

 

 

Vea texto íntegro de la propuesta constitucional.

 

 

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