Noticias

Sobre la validez de los antecedentes requeridos.

CGR acogió reclamo contra Seremi de Vivienda y Urbanismo por no dar curso a solicitud de inscripción en Registro Nacional de Consultores.

Corresponde que la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Metropolitana continúe la tramitación de su solicitud de inscripción.

10 de noviembre de 2017

Se reclamó ante la Contraloría General de la República –por parte de Métrico Arquitectura y Construcción Limitada- que la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Metropolitana no dio curso a su solicitud de inscripción en el Registro Nacional de Consultores de esa Cartera, por cuanto “si bien la documentación cumplía los requisitos exigidos (vigencia) ellos podían vencer mientras se efectuaba el análisis de los mismos”.

La Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo informó que “efectivamente en la revisión de admisibilidad de la solicitud de inscripción en el Registro de Consultores MINVU de la empresa Métrico Arquitectura y Construcción Limitada, ésta no se admitió a tramitación en razón del hecho que los documentos se encontraban próximos a vencer”.

Agrega, en ese orden de ideas, que “el Registro Nacional de Consultores, sólo exige los documentos citados en el artículo 20 del D.S N° 135 (V. y U.), del año 1978, al momento de la solicitud de inscripción” y que “Por consiguiente, se estima que estos documentos al momento de su presentación deben contar al menos con una vigencia suficiente que permita en la instancia de análisis de la solicitud, tener a la vista documentos que se encuentren vigentes para efectos de acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Reglamento”.

Al respecto, el ente contralor aduce que la citada preceptiva exige que los documentos a que se ha hecho mención sean presentados al servicio dentro del plazo antes indicado, sin que se advierta fundamento jurídico que justifique lo manifestado por esa repartición, en orden a que estos deben “contar al menos con una vigencia suficiente que permita en la instancia de análisis de la solicitud”.

De esa manera, el dictamen sostiene que no resulta procedente que ese servicio rechace la presentación de documentos fundado en aquella circunstancia, considerando, por lo demás, que conforme al aludido artículo 22, los interesados deben informar de cualquier cambio que altere lo consignado en tales instrumentos.

Así, la Contraloría acoge la reclamación del rubro, razón por la cual, en la medida que la recurrente hubiere presentado los referidos antecedentes dentro del término de validez antes señalado, corresponde que la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Metropolitana continúe la tramitación de su solicitud de inscripción.

 

Vea texto íntegro del Dictamen Nº 37.602 de 2017.

 

 

RELACIONADO

* CGR desestimó reclamo contra informe emitido por SEREMI de Vivienda y Urbanismo respecto de la construcción de “Complejo Agro-turístico”…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *