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Artículo 269 inciso segundo del Código Penal.

Corte de Santiago desestimó nulidad interpuesto contra sentencia que condena a recurrente como autor inductor del delito consumado de obstaculizar o dificultar la actuación del personal de bomberos.

Dirigente sindical que convoca a la toma de una obra y motiva a sus compañeros para impedir el ingreso de bomberos, lo transforma en autor inductor del delito de obstaculización de la actuación del personal de bomberos. La inducción fue determinante, precisa y directa.

10 de noviembre de 2017

La Corte de Apelaciones de Santiago desestimó el recurso de nulidad interpuesto por la defensa del recurrente en contra de la sentencia que lo condenó como autor inductor del delito consumado de obstaculizar o dificultar la actuación del personal de bomberos, ilícito sancionado en el artículo 269 inciso segundo del Código Penal.
La sentencia descara que concurra la causal de nulidad del artículo 373 letra b) del Código Procesal Penal, dado que el tribunal calificó correctamente la participación del acusado como autor inductor, siguiendo lo establecido en el artículo 15 N° 2 del Código Penal.
Para que se configure la calidad de autor inductor de un delito, señala la Corte, es necesario que la inducción sea determinante, precisa y directa, todos requisitos copulativos de la acción.
Añade el fallo, que el actuar del dirigente sindical acusado fue preciso, ya que realizó la citación a la asamblea, fijó hora, lugar y organizó a las personas en el espacio. Además su conducta configuró el hecho determinante, el cual se constata en que la toma de la obra conllevó la prohibición de ingreso de externos (en este caso de los bomberos que debían apagar el incendio). Finalmente, la acción fue directa pues mantuvo la misma conducta a pesar de la existencia del incendio y del requerimiento de los bomberos para ingresar, persistiendo así en la movilización a través de medios directos, como el uso de megáfono, micrófono y parlantes, como además de estar ubicado en una tarima convocando a que los otros trabajadores siguieran con la toma. Estos hechos fueron claramente actos positivos y dolosos del condenado.

 

Vea texto íntegro de la sentencia.

 

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