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Responsabilidad médica.

Corte de Valdivia revocó sentencia en alzada y acogió demanda de indemnización de perjuicios por falta de servicio al concluir que la atención de urgencia otorgada a menor no fue diligente.

El médico no hizo una revisión o examen del enfermo que le permitiera dar un diagnóstico acertado. Decidió no examinar una zona que sí daba señales de afectación y, por ende, no actuó responsablemente desde que hubo de extirpársele un órgano reproductor.

13 de noviembre de 2017

La Corte de Apelaciones de Valdivia revocó la sentencia en alzada y acogió la demanda de indemnización de perjuicios por falta de servicio, al concluir que la atención de urgencia otorgada al menor no fue diligente, pues se omitió realizar un examen a parte de la zona afectada y con ello se dejó al paciente durante 4 días sufriendo dolores que llevaron a que tuviera que extirpársele un órgano reproductor.
El fallo señala que el médico no hizo una revisión o examen del enfermo que le permitiera dar un diagnóstico acertado, decidiendo no examinar una zona que si daba señales de afectación y por ende no actuó responsablemente.
Añade la sentencia, que de las declaraciones prestadas queda de manifiesto que la médico que atendió al menor sí tuvo información completa de los síntomas que aquejaban al paciente. Al respecto se debe señalar que lo recibió con un fuerte dolor abdominal que se extendía hasta el órgano reproductor izquierdo y que existían señas claras para realizar una revisión médica de la zona testicular, lo que decidió no hacer. Por el contrario asumió con la escasa revisión que hizo del cuerpo del paciente que tenía una afección estomacal y lo derivó al consultorio, orden médica que el paciente cumplió, al permanecer la dolencia.
El fallo no otorga indemnización por daño emergente debido a que no se mostraron antecedentes que dieran cuenta de los gastos incurridos, y respecto al daño moral, éste sí queda suficientemente acreditado por la pérdida de un órgano reproductor y el dolor injustificadamente prolongado de la víctima, debido a la conducta negligente del médico, el que se avalúa en $ 8.000.000.

 

Vea texto íntegro de la sentencia.

 

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