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Acogió tutela.

CC de Colombia resolvió que hijos de padres extranjeros que se encuentren irregularmente en el país deben ser registrados para que puedan acceder al sistema de salud.

El fallo de la Corte resalta que “todo extranjero que se encuentre en el país tiene derecho a recibir atención básica y de urgencias con cargo al régimen subsidiado”.

27 de noviembre de 2017

La Corte Constitucional de Colombia acogió una tutela interpuesta por padres de nacionalidad venezolana en contra de la ESE Hospital del Sarare, “por considerar que la entidad vulneró los derechos fundamentales de su agenciada a la vida y a la integridad física por la negativa de realizarle los controles prenatales y asistir el parto de forma gratuita”.
El fallo de la Corte resalta que “todo extranjero que se encuentre en el país tiene derecho a recibir atención básica y de urgencias con cargo al régimen subsidiado, en virtud de la protección de sus derechos a la vida digna y a la integridad física derivada del deber de asistir humanitariamente a las personas de otros países que se encuentren en condición de vulnerabilidad”.
El alto Tribunal recordó que el derecho a la salud es fundamental y que debe garantizarse y protegerse.

 

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