Da por atendida solicitud realizada.
CPLT desestimó amparo de acceso a la información en contra del Ministerio del Medio Ambiente relativo a reservas alimenticias y ecosistemas frágiles.
El CPLT hace presente que, con fecha 6 de septiembre de 2017, al evacuar el traslado conferido, el Ministerio del Medio Ambiente remitió respuesta a la solicitud del recurrente.

Se dedujo un amparo de acceso a la información en contra del Ministerio del Medio Ambiente, fundado en la ausencia de respuesta a su solicitud del pasado 6 de julio, relativa a reservas alimenticias y ecosistemas frágiles.
Al respecto, el Consejo para la Transparencia recuerda que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 33, letra b), de la Ley de Transparencia, le corresponde resolver, fundadamente, los reclamos por denegación de acceso a la información que le sean formulados de conformidad con la misma Ley.
Enseguida, el CPLT hace presente que, con fecha 6 de septiembre de 2017, al evacuar el traslado conferido, el Ministerio del Medio Ambiente remitió respuesta a la solicitud del recurrente.
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