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En fallo unánime.

Corte de Valdivia acoge protección y ordena a Asociación de Fútbol reintegrar a menores suspendidos por un año.

El Tribunal de alzada acogió la acción cautelar tras determinar que la medida disciplinaria impuesta por la ANFA Valdivia vulnera garantías constitucionales a los jóvenes futbolistas.

5 de diciembre de 2017

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Valdivia acogió el recurso de protección interpuesto en contra de la Asociación Nacional de Fútbol Amateur local y le ordenó dejar sin efecto la resolución que sancionó con un año de suspensión a cuatro jóvenes que juegan en divisiones inferiores, por negarse a participar en un torneo.
La sentencia sostiene que la sanción impuesta carece de razonabilidad, pues aplica el máximo de suspensión previsto en el artículo 259 del citado reglamento, sin ponderar que su especial condición de seres humanos que, por no haber alcanzado el pleno desarrollo físico y mental, requieren de protección especial. En efecto, la resolución recurrida constituye un atentado a su integridad física y psíquica, pues los priva de la actividad deportiva que realizan, en pleno proceso de formación y desarrollo, lo que ciertamente impacta en la vida presente y futura de los niños.
La resolución agrega que la sanción se aplica en contravención a normas constitucionales, al preterir el derecho del niño a ser oído y a que su opinión sea debidamente tomada en cuenta, que se relaciona con el derecho al debido proceso consagrado en el artículo 19 Nº 3 de la Constitución Política de la República, siendo uno de sus elementos esenciales el derecho a la defensa, el que implica la posibilidad y oportunidad de participar por medio de alegaciones y pruebas. Por consiguiente, en la aplicación de la sanción que por esta vía se impugna, se ha vulnerado la garantía constitucional consagrada en el inciso 5° del artículo 19 N° 3 de la Carta Fundamental, en cuanto los niños ha sido juzgados por una comisión especial.

 

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