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Oficio que fue remitido al presidente de la Cámara de Diputados.

CS envía al Congreso informe sobre proyecto de ley que incluye a secretarios abogados en ternas para jueces de policía local.

El máximo Tribunal analizó el contenido del proyecto de ley que incorpora a los secretarios abogados titulares de los Juzgado de Policía Local en la conformación de las ternas para la designación de jueces en dichos tribunales.

6 de diciembre de 2017

La Corte Suprema analizó el contenido del proyecto de ley que incorpora a los secretarios abogados titulares de los Juzgado de Policía Local en la conformación de las ternas para la designación de jueces en dichos tribunales. Oficio que fue remitido al presidente de la Cámara de Diputados, Fidel Espinoza.
De acuerdo al informe "si bien el mecanismo que propone el proyecto intenta preocuparse de no eximir a estos secretarios del cumplimiento de los presupuestos legales exigidos para ser juez, toda vez que les exige expresamente ser abogado, sí debemos señalar que no todos los secretarios de estos juzgados están en condiciones de ser incluidos en la terna, lo que parece correcto, pues no sería aceptable que por esta fórmula se lograran eludir los requisitos del cargo. Con todo, este problema sí puede suscitarse con el presupuesto de la nacionalidad, puesto que en Chile para poder ejercer la profesión de abogado basta con ser chileno o extranjero residente y cursar la totalidad de sus estudios de derecho en Chile, sin perjuicio de lo dispuesto en los tratados internacionales vigentes (artículo 526 del COT). Por tanto, un Secretario de un Juzgado de Policía Local, aun siendo abogado, podría no ser chileno".
El oficio agrega que "ya hubo un intento anterior para modificar el sistema de inclusión en ternas, para considerar valor al conocimiento especializado y a la experiencia de quienes integran la judicatura de los Tribunales de Policía Local. El año 2011 esta Corte Suprema informó desfavorablemente la iniciativa, manifestando que tal modificación era innecesaria por cuanto en la práctica en la confección de las ternas para Jueces de Policía Local los ministros a cargo de la elección para ellas toman en consideración los antecedentes y méritos de cada postulante".
Además, la Corte Suprema considera "que el Código Orgánico de Tribunales y la Constitución Política de la República, tratan la forma en que deben proveerse los distintos cargos del Poder Judicial, haciendo factible que se genere una carrera judicial y funcionaria, con una estructura vertical de categorías. Pero tal carrera no existe en los Juzgados de Policía Local, que no forman parte del Poder Judicial y que tienen una estructura diversa. Sin embargo, en favor de la modificación puede afirmarse que esta no es igual a la anterior propuesta ni a la pretérita que se derogó, que estatuía preferencia y prelaciones para los abogados municipales y Jueces de Policía Local".
A continuación, el máximo Tribunal señala que "es innegable que el hecho de ejercer el cargo de Secretario en el mismo Tribunal al que se pretende postular en calidad de Juez constituye un indicio relevante de los méritos que posee el postulante en relación al cargo, concretamente, su alto nivel de conocimientos y experiencia, más aún si se tiene en cuenta que es quien subroga o ha subrogado durante el transcurso de diez años al Juez. De otro lado, tampoco puede soslayarse que los jueces y Secretarios de los Juzgados de Policía Local son funcionarios municipales y como tales también forman parte de un escalafón compuesto de diversos grados".
Finalmente concluye que "igualmente, no se aprecia con claridad que la inclusión en una terna por derecho propio, de un secretario del mismo tribunal en que debe proveerse el cargo de juez, con más de diez años en el cargo y bien calificado, situación que también contempla la ley en otros ámbitos, como el Poder Judicial, por ejemplo, afecte el principio constitucional de Igualdad ante la ley. Enfrentadas las dos posiciones anteriormente reseñadas, no habría inconveniente en que prosperara la modificación en comento".

 

Vea  informe

 

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