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Falta de cuidado.

Juzgado Civil de Santiago condena a Colegio a pagar indemnización a padres y alumno que sufrió golpiza en establecimiento.

El Tribunal acogió la demanda presentada y condenó al Colegio particular San Juan Evangelista por su actuar negligente al incumplir su deber de cuidado de los alumnos, tanto física como sicológicamente.

11 de diciembre de 2017

El Vigésimo Primer Juzgado Civil de Santiago condenó al Colegio particular San Juan Evangelista, ubicado en la comuna de las Condes, a pagar la suma total de $2.004.300 a padres y a alumno de octavo básico que sufrió una golpiza al interior de establecimiento, en 2015.
La sentencia sostiene que del Reglamento que acompaña la propia demandada, en el apartado IV número 6 que dice relación con los deberes de los educadores y funcionarios, se desprende que es su deber promover la buena convivencia escolar y prevenir toda forma de violencia física o psicológica, agresiones y hostigamientos.
La resolución agrega que dicho deber unido al hecho de que las declaraciones aportadas por los alumnos y el informe evacuado por la propia profesora, indican la falta de cuidado que tuvo ésta en la situación que degeneró posteriormente con la agresión que sufrió el menor hijo de los demandantes, sin perjuicio de que también es presumible para esta sentenciadora de la prueba acompañada en autos, el hecho de que el menor también fue agredido en forma verbal, dejando en evidencia la responsabilidad del Colegio por el hecho de sus dependientes de conformidad al artículo 2320 del Código Civil, por incumplir con su deber de cuidado, respecto de los alumnos que acogen y estudian en sus aulas, que incluye no solo el deber de protección físico, sino también psicológico y en todos los aspectos de salud. Que dicha premisa, no obsta a que la sanción aplicada fue la correspondiente con la que señala el reglamento del Colegio.

 

Vea texto íntegro de la sentencia

 

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