En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de La Serena revocó la resolución dictada por el Primer Juzgado de Policía Local de Coquimbo y condenó a la empresa Despegar.com Chile S.A. a pagar una multa de 50 UTM y una indemnización total de $2.039.300 por infracción a ley del consumidor en la venta de un paquete turístico.
La sentencia sostiene que en el cumplimiento de la obligación de transportar al consumidor hasta su destino final puedan existir escalas intermedias, cualquiera que sea el lugar o país en que aquellas han de verificarse, debe ser informado de manera clara y precisa por la empresa prestadora del servicio, no siendo exigible al consumidor o cliente que asuma por su cuenta la búsqueda de información respecto de trámites y gestiones que escapan a lo querido al momento de celebrar el contrato.
La resolución agrega que está plenamente acreditado que la demandante no pudo tomar el vuelo en la aerolínea y en la oportunidad que había contratado previamente con la demandada, y que, a objeto de no perder el paquete contratado, debió adquirir por su propia cuenta otros pasajes en otra línea aérea; tal situación, sin lugar a dudas, y recurriendo a las reglas de la experiencia, debió causar una aflicción a la demandante, primero por el temor de perder el viaje y lo invertido en él, y luego la angustia de tener que esperar la apertura de las puertas de otra línea aérea para ver si podía adquirir nuevos pasajes para poder concretar lo ya contratado, unido ello a la falta de una respuesta satisfactoria de parte de la empresa demandada.
Vea texto íntegro de la sentencia
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