En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de La Serena rechazó el recurso de nulidad presentado por el Consejo de Defensa del Estado en contra la sentencia que estableció que la Intendencia Regional de Coquimbo debía restituir en el cargo de jefe de administración y finanzas, a Luis Flores Cortés, vicepresidente nacional de la Federación de Asociaciones de Funcionarios del Ministerio del Interior y Servicios Afines, quien fue removido unilateralmente de dichas funciones.
La sentencia de primera instancia sostiene que la Ley N° 19.296 cabe recordar que su artículo 25 prohíbe que los dirigentes gremiales sean cambiados de funciones sin su autorización por escrito, autorización que no ha sido acreditada ya que los correos electrónicos incorporados por ambas partes sólo dan cuenta de conversaciones dirigidas a obtener un acuerdo que en definitiva no prosperó y que en cualquier caso no cumple el requisito legal en orden a ser otorgado por escrito.
A continuación se sostiene que la Corte de Apelaciones de La Serena refrendó dicho criterio, por resultar evidente que las decisiones adoptadas en dicho fallo no pueden estimarse contradictorias, como quiera que no es posible advertir la imposibilidad de cumplir la única decisión que el tribunal ordena acatar al denunciado contenida en lo dispositivo del fallo, esto es, la de reintegrar al dirigente gremial a sus labores habituales, resolución que no se opone a la otra.
Vea texto íntegro de la sentencia
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