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En forma unánime.

CS confirmó sentencia que rechazó protección contra Gendarmería por destituir a un funcionario.

El recurrente estimó vulnerado el derecho a la libertad de trabajo.

15 de enero de 2018

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Santiago, que rechazó la acción de protección deducida por un ex funcionario de Gendarmería contra dicha institución, debido a que dictó la Resolución N° 130, de 23 de mayo de 2017, que lo destituyó del cargo de Jefe Administrativo del Centro de Reinserción Social de Coyhaique.

El recurrente estimó vulnerado el derecho a la libertad de trabajo, por cuanto el trabajo que desarrolló en otra empresa fue realizado conforme a la normativa que regula los trabajos fuera de la institución, y por ello la destitución no podía fundarse en ese hecho. Asimismo, consideró infringido el debido proceso y el derecho de propiedad, pues se le impidió la defensa en forma intencionada, derecho que, además, se encuentra en su patrimonio.

Cabe recordar que, en su sentencia, la Corte de Santiago expuso en su oportunidad que, de los antecedentes aportados, cabe concluir que desde abril de 2014 y hasta la fecha de formulación de cargos en el sumario que culminó con la destitución del recurrente, éste tenía perfecto conocimiento que se hallaba reincorporado a sus funciones y que su inconcurrencia encontraba única justificación en las sucesivas licencias médicas que le fueron extendidas, y no en una suspensión preventiva que había quedado legal y reglamentariamente sin efecto. Por tanto, el supuesto de hecho sobre el que descansa el recurso no es efectivo y que, por lo mismo, no resulta posible atribuirle al acto que origina la acción de protección los caracteres de ilegalidad o arbitrariedad. Tampoco se advierte vulneración a las normas del debido proceso (sin perjuicio de que por la vía del recurso de protección únicamente se cautela el derecho a no ser juzgado por comisiones especiales del inciso quinto del N° 3 del artículo 19 de la Constitución), pues el sumario administrativo se sustanció con arreglo a las normas que gobiernan la materia, constando los numerosos esfuerzos que se desplegó para obtener la declaración del investigado y su respuesta a los cargos, sin resultados positivos. Por lo tanto, rechazó la acción deducida.

Por su parte, la Corte Suprema confirmó la sentencia apelada.

 

 

Vea textos íntegros de la sentencia de la Corte Suprema y la sentencia de la Corte de Santiago.

 

 

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