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Por unanimidad.

CS rechazó recurso de queja y ordena a Contraloría entregar información por ley de transparencia.

No es posible concluir que los jueces recurridos, al acoger el reclamo de la empresa Zañartu Ingeniero Consultores SpA, hayan realizado alguna de las conductas que la ley reprueba.

24 de enero de 2018

En fallo unánime, la Corte Suprema desechó recurso de queja presentado en contra de resolución que ordenó a la Contraloría General de la República entregar información por ley de transparencia.

En su sentencia, expone el máximo Tribunal que en el presente caso, por aparecer de los antecedentes que lo debatido es una cuestión de interpretación legal, no es posible concluir que los jueces recurridos, al acoger el reclamo de la empresa Zañartu Ingeniero Consultores SpA, hayan realizado alguna de las conductas que la ley reprueba y que sería necesario reprimir y enmendar mediante el ejercicio de las atribuciones disciplinarias de esta Corte", sostiene el fallo.

Enseguida, se expone que a la luz de las normas transcritas y tal como viene resuelto, la información solicitada forma parte del procedimiento que culmina con el trámite administrativo de la toma de razón y, a mayor abundamiento, se trata de datos elaborados con fondos públicos y relativos al ejercicio de la función pública, respecto de las cuales no se aparejaron en autos elementos de juicio suficientes para comprobar de manera fehaciente que se encuentren protegidos por alguna causal de reserva o secreto.

De ese modo, al constar en la bitácora entregada por la propia Contraloría General de la República a la solicitante, fluye que la información no constituye meras deliberaciones previas a la adopción de una resolución en los términos del artículo 21 N°1 letra b) de la Ley N°20.285, sino verdaderos hitos del proceso que culminó en la toma de razón, circunstancia que confirma, al tenor del citado artículo 5°, su carácter público y el derecho de la empresa afectada a tomar conocimiento de ella, concluye de ese modo la Corte Suprema.

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia.

 

 

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