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En fallo unánime.

Corte de Santiago rechaza protección de dirigentes de Gendarmería expulsados de organización gremial.

El Tribunal de alzada descartó actuar arbitrario de la comisión de ética de Organización Gremial al aplicar a los recurrentes la sanción de «cese absoluto e inmediato de la función de dirigente gremial por el resto del periodo que le correspondiera».

27 de febrero de 2018

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección presentado por dirigentes de la Asociación de Directivos, Profesionales, Técnicos, Administrativos y Auxiliares de Gendarmería de Chile –Adiptgen– sancionados con la expulsión por la comisión de ética de la Organización Gremial.
Así, el Tribunal de alzada descartó actuar arbitrario de la comisión de ética de Adiptgen al aplicar a los recurrentes la sanción de "cese absoluto e inmediato de la función de dirigente gremial por el resto del periodo que le correspondiera", resolución que fue notificada mediante carta certificada el 6 de noviembre de 2017.
A continuación, establece que del examen de los antecedentes, no se vislumbra conculcación alguna al ejercicio del derecho del recurrente contenido en el artículo 19 N° 3 inciso quinto de la Constitución Política de la República, toda vez, que el derecho a no ser sometido al juzgamiento de una comisión especial, o que durante el procedimiento disciplinario, de alguna manera, se hubiere infringido el debido proceso, o que aquel no fuere racional y justo. Pues como ya se ha dicho, todo ello se realizó conforme a las normas establecidas en los Estatutos de la ADIPTGEN y su Código de Ética.

 

Vea texto íntegro de la sentencia

 

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