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Ilícito perpetrado en 2012.

Caso Caval: Juzgado de Garantía de Rancagua deja con arraigo nacional y firma mensual a Sebastián Dávalos en arista por estafa a empresario.

En la audiencia de formalización de la investigación el Magistrado mantuvo las medidas cautelares de firma mensual y arraigo nacional a los coimputados en la causa Natalia Compagnon y Mauricio Valero, quienes fueron reformalizados.

29 de marzo de 2018

El Juzgado de Garantía de Rancagua dejó sujeto a las medidas cautelares de arraigo nacional y firma mensual a Jorge Alberto Sebastián Dávalos Bachelet, imputado por el Ministerio Público como autor del delito de estafa, ilícito perpetrado en 2012.
En la audiencia de formalización de la investigación el magistrado Héctor Benavides mantuvo las medidas cautelares de firma mensual y arraigo nacional a los coimputados en la causa Natalia Compagnon y Mauricio Valero, quienes fueron reformalizados.
Previo a la formalización, el Tribunal rechazó la petición de la defensa de declarar la prescripción del delito imputado a Dávalos Bachelet en la querella interpuesta por el empresario Gonzalo Vial Concha, tras establecer que en la especie no es aplicable.
La sentencia sostiene que haciéndome cargo de la argumentación de la defensa del señor Dávalos en cuanto a que lo que se le imputó fue sólo la elaboración de informes y otras conductas datadas al año 2012. Conforme a lo escuchado en esta audiencia de los hechos que se les atribuye participación, yerra la defensa en cuanto a entender que es ello lo que se le imputa, se agota su conducta y como tal se agota el delito, ya que siendo un delito complejo, en que los elementos del tipo son los ya referidos, además de existir una hipótesis de coautoría en la que incluso se le atribuye presenciar hechos sin tomar parte inmediata, con diversas participaciones en esta concatenación de hechos, lo que se le atribuye es una participación en todo el tipo penal, siendo también parte del análisis de fondo si su participación estuvo de algún modo en el engaño o en el perjuicio producido, lo que resulta irrelevante a mi juicio ya que su autoría está determinada no respecto a ejecución de una conducta sino más bien al concierto previo del artículo 15 N° 3.
La resolución agrega que el plazo de prescripción de 5 años, tratándose la Estafa de un simple delito se debe contar al menos desde el 31 de Enero de 2013, por lo cual por lo ya expuesto, tomando en especial consideración el tiempo que pasó fuera del país. Se rechaza la solicitud de Sobreseimiento Definitivo por prescripción planteada por la defensa del imputado Dávalos Bachelet.
En la audiencia, el Magistrado también rechazó la solicitud de inhabilitar a los fiscales Emiliano Arias, Marcia Allende y Sergio Moya, a quienes la defensa de Dávalos y Compagnon, sindicaron como responsables de los delitos de violación de secreto, amenazas y filtraciones. Además, fijó en 90 días el plazo de investigación.

 

Vea texto íntegro de la sentencia 

 

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