Por unanimidad de sus Ministros.
Segundo Tribunal Ambiental acogió reclamación referida a aclaración de RCA del proyecto Mina Invierno.
El Tribunal concluyó que la resolución del SEA infringió el artículo 62 de la Ley Nº 19.880 y, al utilizar la Norma de la Confederación Suiza como valor límite.

Por unanimidad de sus Ministros, el Segundo Tribunal Ambiental de Santiago, acogió la reclamación presentada por Ana Stipicic en contra del Servicio Evaluación Ambiental (SEA), asociada a modificaciones vía aclaración a la RCA del proyecto Mina Invierno.
Cabe recordar que la reclamante llegó hasta el Tribunal luego que el SEA declarara inadmisible la reposición que habían interpuesto para lograr que se admitiera su solicitud de invalidar la decisión Director Ejecutivo del SEA que, acogiendo una petición aclaratoria de Minera Invierno S.A., introdujo modificaciones a la RCA del proyecto minero.
La sentencia establece que “se resuelve acoger la reclamación interpuesta por Ana Stipicic Escauriaza, dejando sin efecto las Resoluciones Exentas N° 1.193/2016, N° 941/2016 y N° 1.384/2015, del Director Ejecutivo del SEA, por las razones expuestas en la parte considerativa de esta sentencia”.
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