En forma unánime.
CS rechazó amparo contra Policía de Investigaciones por impedir ingreso al país y detener en el aeropuerto a una ciudadana colombiana.
En el caso concreto la recurrente no logró demostrar que portaba dinero y no contaba con pasaje de retorno ni reserva hotelera.

En fallo unánime, la Corte Suprema acogió el recurso de apelación presentado en contra de la sentencia dictada por la Corte de Santiago, que a su vez había acogido la acción de amparo deducida en favor de una ciudadana colombiana contra la Policía de Investigaciones de Chile, debido a que se encuentra detenida en la oficina de inmigración del Aeropuerto Internacional Arturo Merino Benítez con la intención de ser deportada ya que se le negó la entrada a Chile por no contar con movimientos bancarios.
La sentencia del máximo Tribunal sostuvo que, del texto del artículo 44 del Decreto Ley N° 1.094, en relación al artículo 5 de la Ley Orgánica de la Policía de Investigaciones, es posible inferir que a la autoridad policial corresponde controlar el ingreso y la salida de personas del territorio nacional y, en particular, en lo que concierne al recurso, posee atribuciones para calificar la suficiencia de los medios con que los extranjeros pretenden subsistir durante su permanencia en Chile. Así, en el caso concreto la recurrente no logró demostrar que portaba dinero, no contaba con pasaje de retorno ni reserva hotelera, y la sola mención contenida en el recurso sobre la existencia de un tercero que se haría cargo de su estadía, no fue justificada de modo alguno al momento de su arribo al territorio nacional. Por tanto, los hechos descritos se subsumen en la prohibición de ingreso contemplada en el artículo 15 N° 7 del D.L. N° 1.094, al no cumplir la amparada con las exigencias que la misma ley impone justificar al momento de su arribo, de modo que no existe ilegalidad susceptible de ser enmendada por esta vía. Por lo anterior, la Corte revocó la sentencia apelada y rechazó el recurso de amparo deducido.
Te puede interesar

En forma unánime.
CS declaró admisible protección deducida contra Municipalidad de La Reina por aumento significativo en los montos a pagar por concepto de publicidad y propaganda.

En forma unánime.
CS rechazó casación contra sentencia que condenó a Municipalidad de Algarrobo por su responsabilidad como propietaria de un vehículo que causó un accidente de tránsito.

En forma unánime.
CS confirmó sentencia que rechazó protección deducida por publicación de una deuda en Dicom de arriendo.

