Noticias

Instancia creada tras petición de 49 legisladores.

Comisión Investigadora de la Cámara de Diputados ratifica informe que resta responsabilidades a ex Ministro Campos por nombramiento de notarios.

El análisis se centró en la correspondencia del acto administrativo realizado por el entonces Ministro de Justicia, que permitió la creación de 101 nuevos cargos de notarios, conservadores y archiveros judiciales en el país, así como la separación o fusión de dichas funciones en algunos casos en particular.

6 de junio de 2018

Entre octubre de 2017 y enero de 2018 se desarrolló el trabajo de la Comisión Investigadora que estuvo encargada de indagar sobre la correspondencia legal y reglamentaria de los actos de Gobierno en materia de creación de 101 nuevos cargos de notarios, conservadores y archiveros judiciales cuyo informe fue aprobado hoy por la Sala de la Cámara de Diputados por 140 votos a favor y dos abstenciones.
La instancia, creada tras una petición de 49 legisladores, conformó su texto de conclusiones basada en las propuestas del presidente del grupo parlamentario, diputado  Soto y Gahona.
El informe centró su análisis en tres grandes puntos, siendo el primero de ellos la correspondencia de la crítica vertida por la Asociación de Notarios, Conservadores y Archiveros Judiciales, en orden a que el decreto 1515, que dio sustento a la creación de los nuevos cargos, careció de fundamento técnico u objetivo. 
La Comisión concluyó que "no es posible imputarle al Ministro de Justicia responsabilidad por falta de motivación o fundamentación debida" en la dictación del decreto excento 1515, de 2017, ya que habría quedado de manifiesto que "su dictación fue precedida de un estudio que acompaña los argumentos de hecho que lo animaron".
Así, se sugiere al Ejecutivo que para futuros actos administrativos que pretendan crear o modificar estos oficios, el Ministerio respectivo siga considerando los diversos factores económicos, sociales y geodemográficos que tengan los territorios en los que estas medidas quieran aplicarse, pues ellas son variables insoslayables en la planificación de estos decretos para mejorar los servicios notariales, registrales y de archivos judiciales en el país; más aún en las comunas con población más vulnerable.
La Comisión también señaló que no es posible imputarle responsabilidad al exministro Campos respecto a la queja planteada por algunos actores involucrados con el tema en torno el exsecretario de Estado no habría escuchado organizaciones o entidades vinculadas con la materia. "Nuestro ordenamiento jurídico no contempla ninguna norma constitucional, legal o reglamentaria que dé cuenta que el Ministro de Justicia deba escuchar y considerar las solicitudes de grupos o personas de la sociedad civil, ni que lo obligue a extender espacios de participación vinculante a determinados actores sociales en el proceso de elaboración y dictación de este decreto", concluyó.
No obstante lo anterior, se verificó que la autoridad ministerial se reunió y comunicó formalmente, para tratar las materias de este decreto, con la Corte Suprema, las respectivas Cortes de Apelaciones, parlamentarios, la Asociación de Notarios, Conservadores y Archiveros Judiciales de Chile y el Colegio de Abogados. Adicionalmente, se habría tenido contacto con alcaldes y concejales.

Facultad para crear, fusionar y separar cargos

El texto aprobado da cuenta que la facultad para crear, fusionar y separar los oficios de notario, conservador y archivero judicial por parte del Ministro de Justicia fue el principal objeto para constituir la Comisión Investigadora, sobre la base de la sospecha de una supuesta ilegalidad en el hecho que el Ministro de Justicia pudiera ejercer estas facultades, en virtud de la delegación que la Presidenta de la República le hacía de ellas.
Se destacó que la facultad de crear nuevas plazas no fue criticada por ninguno de los citados e invitados a la Comisión. "Atendida la regularidad del proceso nos parece que las plazas que se crean mediante el decreto N° 1515 se ajustan perfectamente a derecho, no comprobándose infracción alguna a la ley en lo que respecta al ejercicio de esta facultad", se precisó.
Con respecto a la facultad del Ministro de Justicia para fusionar y separar los oficios de notario, conservador y archivero judicial, se reconoce una diferencia de interpretación normativa/legal que es objeto hoy de un análisis de la Contraloría General de la República (a la fecha de la elaboración del informe se habían presentado once requerimientos para que el órgano se pronuncie sobre la legalidad de las separaciones y fusiones que el decreto 1515 realiza).
Se detalla que por esta razón, “la Comisión estima que el asunto en particular se trata de un conflicto de interpretación normativa, constituyendo una controversia puramente de derecho que no le es pertinente resolver, sino que debe ser aclarada debidamente por la jurisprudencia administrativa que emane de la potestad dictaminadora de la Contraloría General de la República".

Recomendaciones

El informe recomienda que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos redacte un proyecto de Ley cuya idea matriz o fundamental sea modernizar el marco regulatorio que rige a la actividad notarial, registral y de archivos. En lo particular se plantea incorporar mecanismos de transparencia, objetividad e igualdad de oportunidades en la fase de los concursos que miden los requisitos, aptitudes y capacidades para la confección de las ternas, de manera que éstas se realicen por méritos y no por otro tipo de consideraciones.
Además, se propone que para la creación de nuevas plazas, la fusión y separación de estos oficios, y la división de los territorios jurisdiccionales se deberán atender criterios objetivos, predefinidos y automáticos; y que se disponga la obligación para el Presidente de la República y el Ministerio de Justicia, en los casos que la ley le permita a éste, que para la creación, separación o fusión de estos oficios, deberán incorporar y fijar criterios económicos, geodemográficos y sociales.
También, se estima necesario que para el nombramiento de notarios, conservadores y archiveros se regule con mayor profundidad el proceso de selección por medio de la ley, manteniendo los requisitos actuales, pero agregando algunos más, que tengan carácter vinculante para la confección de la terna y bajo criterios fijos (incompatibilidades; criterios técnicos de conocimiento, puntaje mínimo y conducta intachable definidos por ley reglamento; y carrera notarial).
Finalmente, entre otras consideraciones, se recomienda generar un sistema de regulación y fiscalización de la actividad notarial, registral y de archiveros judiciales; eliminar trámites innecesarios en estas instancias y simplificar otros; y que se establezca la obligación de crear e implementar un sistema nacional digital unificado, que cuente con servicios web para solicitar y obtener copias de diversos trámites, sin perjuicio de los casos en que se requiera la presencia física.

 

RELACIONADO
*Informe de Comisión Investigadora sobre notarios encabeza tabla de la Sala de Diputados…

 

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *