Primera sala.
Ingresó al TC inaplicabilidad que impugna norma que regula forma en que deben oponerse excepciones en el procedimiento ordinario.
Los requirentes estiman que el precepto impugnado infringiría el debido proceso.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 465 del Código de Procedimiento Civil, en la parte que señala sólo podrán interponerse las excepciones dentro del plazo de emplazamiento.
El precepto impugnado establece: “Todas las excepciones deberán oponerse en un mismo escrito, expresándose con claridad y precisión los hechos y los medios de prueba de que el deudor intente valerse para acreditarlas. No obstará para que se deduzca la excepción de incompetencia, el hecho de haber intervenido el demandado en las gestiones del demandante para preparar la acción ejecutiva. Deducida esta excepción, podrá el tribunal pronunciarse sobre ella desde luego, o reservarla para la sentencia definitiva”.
La gestión pendiente incide en autos ejecutivos de obligación de hacer, seguidos ante el Tercer Juzgado Civil de San Miguel, en los que los requirentes fueron demandados por no pago de rentas.
Te puede interesar

Falta de fundamento plausible.
TC declaró inadmisible inaplicabilidad que impugnaba normas que establecen aplicación del procedimiento sumario respecto a las acciones civiles derivadas de una sentencia penal condenatoria ejecutoriada.

Con voto en contra.
TC declaró inadmisible inaplicabilidad que impugnaba norma que permite rechazar ingreso al país a quienes se estime que hicieron declaraciones falsas al efectuar cualquier gestión ante autoridades chilenas.

Sin suspensión.
TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna normas de la Ley de Protección al Consumidor que incidirían en demanda del SERNAC por cortes de aguas en Santiago durante el año 2017.

