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Modifica diversos cuerpos legales.

Mensaje busca digitalizar el sector público.

Corresponde ahora que la iniciativa en primer trámite constitucional sea analizada por la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización del Senado.

20 de julio de 2018

El proyecto de ley, iniciado por mensaje, expone que todavía en el Estado se maneja una gran parte de los procesos en papel, debiendo los ciudadanos esperar hasta meses por una respuesta en algunos trámites y los funcionarios deben ingresar datos manualmente entre una plataforma y otra, perdiendo días en procesos que muchas veces no tienen sentido. Esto, por supuesto, no es así en todas las instituciones públicas. Sucesivas administraciones han hecho avances muy importantes y hoy aproximadamente el 50% de los trámites del gobierno central se pueden hacer digitalmente. Sin embargo, todavía se está lejos de donde debiéramos estar para aplicar de mejor manera los principios de servicialidad, eficiencia y eficacia en el actuar de los órganos de la administración del Estado. No hay ninguna razón para que, a este nivel de desarrollo digital, no se tenga un Estado más moderno y eficiente. No se trata de un problema de recursos, porque hoy la tecnología está disponible masivamente y a bajo costo. Se trata principalmente de un problema de voluntad y de gestión.

Por ello, este proyecto de ley busca avanzar hacia lo que se conoce como la “transformación digital” del Estado. En efecto, hasta ahora, los gobiernos han compartido el objetivo de digitalizar trámites para que éstos sean más accesibles a la ciudadanía. Pero solo digitalizar trámites no es suficiente. Por ello, se quiere dar un paso más allá y definir una estrategia de transformación digital del Estado, donde exista un cambio de paradigma en la forma como el Estado concibe su actuar tanto entre órganos de la administración del Estado como al relacionarse con terceros, ya sean ciudadanos o personas jurídicas. La propuesta consiste en una transformación pues implica un cambio cultural y administrativo sustancial, y no meramente traspasar a formato electrónico la actual tramitación en papel; es, después de todo, adquirir un nuevo compromiso del Estado con sus funcionarios, sus familias, y con la sociedad entera. Si bien los cambios propuestos buscan crear una nueva cultura en la forma en que la administración ejerce su función en nuestra sociedad, el punto de partida debe necesariamente pasar por eliminar la principal barrera para lograr una verdadera transformación digital, cual es la masiva presencia de procedimientos que todavía se desarrollan sobre la base de papel y que requieren muchas veces además su presentación personalmente. Por ello, este proyecto de ley propone modificar algunos cuerpos legales vigentes, de manera de que los procedimientos estén concebidos y diseñados en formato electrónico en base a documentos electrónicos, así como las comunicaciones oficiales dentro del Estado, pasando el papel a ser una excepción cuando existan causas que lo justifiquen.

A continuación, el mensaje busca aumentar la eficiencia en los procedimientos administrativos, de forma que éstos sean conducidos en soporte electrónico por los órganos de la administración del Estado y solo excepcionalmente en soporte de papel. Los procedimientos administrativos electrónicos permitirán a los ciudadanos presentar solicitudes en línea, seguir la tramitación de los procedimientos iniciados desde plataformas electrónicas, obtener copias en línea, así como recibir notificaciones electrónicas por parte del Estado. Todo ello conllevará una relación más amigable y cercana por parte de la ciudadanía con los órganos públicos, eliminando el peso de la burocracia sobre ellos y permitiéndoles interactuar con el Estado a través de los medios más expeditos y simples con que se cuenta en la actualidad. Sin embargo, y dado que estas medidas están diseñadas para la gran mayoría de la población, que cuenta con conocimientos y medios electrónicos y que, por tanto, para ellos constituirá un beneficio mayor, no se puede dejar de considerar a quienes por distintos motivos, verían en esta nueva forma de actuar del Estado una carga difícil de llevar. Por ello, se establecen excepciones para proteger a diversos sectores de nuestra población cuya resistencia a este cambio profundo fuere razonable y justificado atendida sus circunstancias. También, para lograr una transformación digital en la administración del Estado, es fundamental que los órganos de la administración emitan electrónicamente los actos administrativos en que se materializan sus decisiones. No es suficiente con darles esa facultad, como hoy lo permite la Ley N° 19.880, sino que ello constituya un deber.

En este sentido, se pretende cambiar la regla general, de forma que los actos administrativos nazcan a la vida del derecho como documentos digitales firmados electrónicamente. La dictación de actos administrativos en soporte de papel constituirá una excepción, lo que no obstará a que deban ser digitalizados posteriormente. Adicionalmente, y de forma que la administración adecúe su actuar integralmente, resulta necesario también que el Estado se relacione internamente a través de comunicaciones en formato electrónico, dejando de lado la tradición de larga data de envío de documentación impresa y sus consecuentes costos en tiempo, papel e ineficiencias derivadas de dilaciones en la obtención de respuestas e información necesarias para la ágil y expedita gestión de la administración. Por último, se busca que la obligación del Estado en relación a la conservación de documentos se deba cumplir mediante el envío de archivos digitales. Asimismo, para que lo anterior sea posible, resulta fundamental reconocer la validez de documentos digitalizados originalmente emitidos en papel, razón por la cual se efectúan las modificaciones legales correspondientes.

Corresponde ahora que la iniciativa en primer trámite constitucional sea analizada por la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización del Senado.

 

 

Vea texto íntegro del mensaje, discusión y análisis.

 

 

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