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Obligación de informar y justificar el término de la faena.

Juzgado de Letras del Trabajo acoge demanda por despido injustificado de trabajadores de la construcción.

El Tribunal acogió la acción judicial, tras establecer que en la especie no se cumplió con el requisito de notificar legalmente a los trabajadores que fueron despedidos verbalmente por la empresa constructora Los Trapenses S.A.

1 de agosto de 2018

El Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acogió demanda por despido injustificado de dos carpinteros que fueron desvinculados de una obra en construcción.
La sentencia sostiene que tal como ha quedado establecido, los demandados principales despidieron a los demandantes de manera verbal, sin cumplir con su obligación de informar y justificar el término de la faena, y además, no acreditaron en este juicio, el envío de la carta aviso de despido en su oportunidad.
La resolución agrega que si bien es cierto, corresponde al empleador la determinación del momento en que la faena queda concluida, ello no lo exime de la comunicación formal al trabajador y de justificar el término del contrato. En este caso los demandados principales incumplieron con la obligación legal, razón por la cual deberá considerarse injustificado el despido, dando origen a las indemnizaciones que se señalarán en la resolutiva.
Por lo tanto, concluye el fallo, que se acoge la demanda por despido injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones interpuesta por los trabajadores.

Vea texto íntegro de la sentencia

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