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Modifica Código Civil.

Proyecto establece responsabilidad civil de ambos padres respecto de los hechos cometidos por hijos menores.

Corresponde ahora que la iniciativa en primer trámite constitucional sea analizada por la Comisión especial encargada de tramitar proyectos de ley relacionados con los niños, niñas y adolescentes del Senado.

2 de agosto de 2018

La moción del senador Chahuán expone que la Ley N° 20.680, publicada el 21 de junio de 2013, introdujo diversas modificaciones al Código Civil, con el objeto de proteger la integridad del menor en el caso de que sus padres vivan separados. Así, se modificó el artículo 225 de dicho texto legal, estableciendo que “Si los padres viven separados podrán determinar de común acuerdo que el cuidado personal de los hijos corresponda al padre, a la madre o a ambos en forma compartida.”. Asimismo, dispuso en esa misma norma que “El cuidado personal compartido es un régimen de vida que procura estimular la corresponsabilidad de ambos padres que viven separados, en la crianza y educación de los hijos comunes, mediante un sistema de residencia que asegure su adecuada estabilidad y continuidad.”. No obstante estas modificaciones, establecidas para proteger la identidad del menor en el caso de separación de sus progenitores, también se debe reformar el artículo 2320 del Código Civil, en lo que respecta a la responsabilidad de los padres, respecto de los hijos menores que vivan en la misma casa, toda vez que el inciso segundo de esta norma, preceptúa que “el padre, y a falta de éste la madre, es responsable del hecho de los hijos menores que habiten en la misma casa.”. Así, por ejemplo, recientemente un fallo de la Corte Suprema responsabilizó al padre por la divulgación en redes sociales de unas fotografías de contenido sexual que hizo su hijo menor de edad. Sin embargo, esta responsabilidad debe ser de ambos padres, sin que exista un orden de prelación, como actualmente ocurre para evitar discriminaciones, sino que a falta de uno de ellos, cualquiera que sea, el otro deba ser el responsable.

En razón de todo lo expuesto anteriormente, la moción modifica el Código Civil, sustituyendo el inciso segundo del artículo 2320 por el siguiente:

“Los padres son responsables del hecho de los hijos menores que habiten en la misma casa. A falta de cualquiera de los padres, será el otro el responsable”.

Corresponde ahora que la iniciativa en primer trámite constitucional sea analizada por la Comisión especial encargada de tramitar proyectos de ley relacionados con los niños, niñas y adolescentes del Senado.

 

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

 

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