Noticias

Artículo 90 del Código de Aguas.

Juzgado de Letras de La Serena ordena a sanitaria indemnizar a dueños de parcela por paso de acueducto.

El Tribunal además declaró constituida la servidumbre del acueducto y servidumbre de tránsito por el predio ubicado en el sector Algarrobito de la comuna.

3 de agosto de 2018

El Primer Juzgado de Letras de La Serena condenó a la empresa sanitaria Aguas del Valle S.A., a paga por concepto de indemnización de perjuicios, la suma de 424,5285 UF, equivalentes a $11.523.915, a los dueños de parcela por donde pasa acueducto subterráneo.
El Tribunal ordena a la sanitaria pagar la indemnización, tras establecer que por el terreno pasa un ducto subterráneo de la empresa, por lo que, además, declaró constituida la servidumbre del acueducto y servidumbre de tránsito por el predio ubicado en el sector Algarrobito de la comuna.
La sentencia sostiene que junto a la servidumbre de acueducto, la parte demandante ha peticionado el establecimiento de una servidumbre de tránsito, la que sería indispensable para el ejercicio de la primera. A este respecto nos debemos remitir a lo dispuesto en el artículo 90 del Código de Aguas, el que dispone que el dueño del predio sirviente está obligado a permitir la entrada de trabajadores y el transporte de materiales para la limpia y reparación del acueducto, con tal que se dé aviso al encargado del predio.
La resolución agrega que de acuerdo a lo razonado en los considerandos precedentes, concurriendo en la especie las condiciones para el establecimiento de la servidumbre de acueducto, y visto además lo dispuesto en la norma legal precitada, se hará lugar también a declarar el establecimiento de la servidumbre de tránsito reclamada.
Por último, concluye que conforme a lo razonado en los motivos anteriores, se hará lugar a las acciones deducidas, en cuanto a que se declarará la constitución de la servidumbre de acueducto y de tránsito en el predio de los actores, declarándose además el derecho a ser indemnizados por este concepto.
 

Vea texto íntegro de la sentencia

 

RELACIONADOS
*Corte de Santiago confirma fallo que condenó empresa sanitaria por incumplimiento de contrato…
*CS confirmó sentencia que rechazó protección contra empresa sanitaria y Servicio de Evaluación Ambiental por instalación de ductos de una planta de tratamiento de aguas servidas…

 

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *