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La Cantata de Santa María de Iquique. Un canto en torno a la violencia del derecho.

El texto concluye manifestando que la cantata es una cachetada de realidad, una muestra de cómo la violencia opera de forma física en el Derecho.

3 de agosto de 2018

Recientemente, el abogado chileno Pablo Gres publicó un análisis de la cantata de Santa María de Iquique, escrita por el compositor chileno Luis Advis e interpretada por el conjunto Quilapayún, destacando particularmente la relación entre violencia y derecho.

En primer lugar, el autor reflexiona sobre las obras musicales y el sentido que ese análisis puede importar para el análisis jurídico; en segundo término, se refiere en particular a la cantata de Santa María de Iquique; y por último, ofrece un análisis de la obra desde el ámbito filosófico y socio-jurídico, en torno a la perspectiva del materialismo histórico. 

De ese modo, el abogado en su análisis destaca que, respecto a la violencia del Derecho, “todo ordenamiento jurídico (occidental, moderno y burgués), tiene en su origen un contenido igualitario, formal y muy básico”. Con ello, indica, “a que todo ordenamiento jurídico considera a los individuos particulares y a sus voluntades particulares como iguales ante el sistema jurídico”; sin embargo, sostiene que el problema surge en la práctica, debido a que “en una situación real y efectiva los individuos no participan de la misma forma en las relaciones sociales de producción y en la división social del trabajo”.

En ese sentido, se expresa que el derecho y el Estado de Derecho, se posicionan por sobre las clases, existiendo momentos en que el Derecho y el Estado de Derecho van a operar en favor de la clase trabajadora, sobre todo al reconocerle a esta derechos del trabajo y especialmente al consagrar la huelga como un derecho fundamental; otras veces (las más) operará en su contra.

Así, señala en su análisis que el derecho moderno y burgués no opera en favor de la clase dominante, al menos no directamente, sino que opera en favor del buen funcionamiento de las relaciones sociales capitalistas. Ese buen funcionamiento, indica, no es otra cosa que permitir que un sector de la sociedad viva a costa del trabajo de otro sector de la sociedad, es en sí, un momento de negación de los intereses históricos de un sector social, que se traducen en definitiva, en un momento de violencia.

De ese modo, el texto concluye manifestando que la cantata es una cachetada de realidad, una muestra de cómo la violencia opera de forma física en el Derecho, agregando que, más allá de la violencia cotidiana, constata un momento de legalidad brutal, que opera de forma sutil y con cierta aceptación y resignación cotidiana, y que en algunos momentos históricos determinados, muestra su cara menos humana y más mercantil; cuya violencia fundante y legitimadora del derecho es inalienable a la forma jurídica.

 

 

Vea texto íntegro de la publicación.

 

 

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