Opinión.
En España: Escriben «¿Cuáles son las fronteras entre la libertad de expresión y el derecho a la información?»
No hay una línea clara que separe el derecho a la información y el derecho a la intimidad y cuando ambos chocan se produce el conflicto.

En una reciente publicación del medio español Confilegal se da a conocer el artículo “¿Cuáles son las fronteras entre la libertad de expresión y el derecho a la información?”
Se sostiene que hoy en día cualquiera puede verse lesionado por los medios de comunicación, sobre todo por la llamada “prensa rosa” o “prensa del corazón”. Por ello, parece adecuado que tanto los medios de comunicación como los periodistas no utilicen la libertad de expresión y el derecho a la información de forma ilimitada e irresponsablemente, deformando la verdad e inclusive mintiendo, o entrometiéndose ilegítimamente en vidas privadas ajenas.
Dicho esto, se añade, el único criterio legal directo que sirve a los periodistas como delimitador de la libertad de expresión e información lo encontramos en el párrafo 4, del artículo 20 de la Constitución española, donde se exponen las fronteras y los límites de la libertad de expresión y de información. Se refiere expresamente derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen.
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