Noticias

En fallo unánime.

Corte de Santiago acoge denuncia y sanciona a instituto profesional por prácticas antisindicales.

El Tribunal de alzada acogió la acción deducida y sancionó a ambas demandadas a pagar cada una multa de 150 UTM.

6 de septiembre de 2018

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago acogió denuncia y condenó al instituto profesional Los Leones Ltda. por prácticas antisindicales en contra de trabajadores afiliados al sindicato de la empresa Servicios Educacionales Ltda., pero que prestan servicios en el plantel educacional.
La sentencia sostiene que en este caso, en que se encuentra justificado que los trabajadores sindicalizados fueron contratados por la empresa Servicios Educacionales EST. Ltda., pero que ellos prestan servicios al Instituto Profesional Los Leones Ltda. y, a la vez, que entre las prácticas antisindicales por las cuales se le sanciona en estos antecedentes a la mencionada empresa –Servicios Educacionales EST. Ltda., es en razón de que ella en conjunto con la Directiva Sindical, con anterioridad al término de los contratos individuales de trabajo de ellos, por mutuo acuerdo, en que se paga el fuero sindical, celebran un contrato de transacción, en virtud de la cual las partes ponen término a los conflictos existentes entre el Sindicato y la empresa (cláusula cuarta), y se desiste el Sindicato de la acción deducida en causa Rit O-5191-2015 de este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en la cual se pedía la declaración de unidad económica del grupo de empresas relacionadas con la demandada incluida el Instituto Profesional Los Leones, dan pábulo para sustentar que, en este caso, la sanción antes señalada, la fijada en la letra U del artículo 183 del Código del Trabajo, tiene efectos tanto en el campo del derecho laboral individual como en el colectivo.
La resolución agrega que como se aprecia de la letra e) de la fundamentación décima séptima, la juez de la instancia entendió que la sanción legal antes indicada, sólo podía comprender aspectos del derecho contractual individual laboral y no al colectivo, lo cual constituye un error de derecho, tal como lo señala la institución denunciante y, ahora, recurrente de nulidad.
A continuación, el fallo señala que en estas condiciones, en que se ha determinado como práctica antisindical, una situación que va en beneficio exclusivo del Instituto Profesional Los Leones Ltda., como lo fue el desistimiento de la acción encaminada a declarar la unidad de empresas, estiman estos jueces que, lo determinado en la letra U del citado artículo 183 del Código del Trabajo, corresponde que se haga extensiva al derecho del trabajo colectivo y, en consecuencia, la sanción por práctica antisindical determinada para la empresa Servicios Educacionales EST. Ltda., también debe ser aplicada a la otra denunciada, esto es, al Instituto Profesional Los Leones Ltda.
Añade que asimismo, en mérito de lo antes indicado deberá desestimarse la alegación del Instituto profesional Los Leones Ltda., referida a la falta de legitimación pasiva.
Luego afirma que por estas consideraciones y en conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 183 letra U) del Código del Trabajo, manteniéndose del fallo las decisiones no afectadas por el vicio constatado, se decide acoger igualmente la denuncia por práctica antisindical planteada por la Dirección del Trabajo en contra del Instituto profesional Los Leones Ltda.
Por último, concluye que en consecuencia, ambas demandadas, esto es, Servicios Educacionales Ltda. y el Instituto Profesional Los Leones Ltda., deberán cumplir las medidas señaladas en los puntos I 1.-, I 2.- I 3.- y, a la vez, conforme al punto I 4.-, quedan sancionadas a pagar cada una de ellas una multa equivalentes a 150 UTM, de conformidad al artículo 292 del Código del Trabajo.

Vea texto íntegro de la sentencia

RELACIONADOS
*Corte de Valparaíso rechazó nulidad laboral contra sentencia que desestimó tutela laboral por prácticas antisindicales deducida por Asociación Nacional de Funcionarios del Servicio Nacional de Aduanas…
*TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna normas que permitirían aplicar procedimiento laboral a funcionarios públicos en juicio por prácticas antisindicales contra Municipalidad…

 

 

 

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *