Además adoptó acuerdo.
TC escuchó alegatos de fondo en inaplicabilidad que impugna normas que impedirían considerar como gasto necesario para producir renta a costas pagadas por Isapre.
La gestión pendiente incide en autos sobre reclamo en procedimiento general de reclamaciones, seguidos ante el Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero de Santiago.

El Pleno del TC escuchó los alegatos de fondo en el requerimiento de inaplicabilidad que impugna los artículos 21, 31 inciso primero, y 33 N° 1 letra g) de la Ley de Impuesto a la Renta.
La gestión pendiente incide en autos sobre reclamo en procedimiento general de reclamaciones, seguidos ante el Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero de Santiago, en los que la Isapre requirente cuestiona la objeción que hizo el SII respecto al tratamiento tributario de las costas judiciales.
La requirente estima que los preceptos impugnados infringirían el principio de legalidad de los tributos, pues no definen criterios o parámetros que permitan la aplicación de un impuesto de 35% sobre los gastos que se reputen rechazados. Además, se vulneraría el principio de proporcionalidad de los tributos y la igualdad ante la ley, ya que dos empresas contribuyentes que sean condenados en costas en sede de protección pagarán distintos impuestos en el evento que una de ellas sea una Isapre, pues solo está última está afecta al impuesto único de 35%. Por su parte, se perturbaría el derecho de defensa y de acceso a la tutela judicial efectiva, pues las Isapres deben pagar un impuesto como consecuencia del ejercicio de su defensa judicial, siendo que esta se relaciona directamente con su giro.
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