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En fallo unánime.

Corte de Valdivia acogió nulidad laboral contra sentencia que rechazó acción de tutela deducida por actos de acoso.

La juez de la instancia realizó una errada calificación jurídica de los hechos acreditados, ya que ha errado en la selección de la norma a aplicar al caso.

24 de septiembre de 2018

En forma unánime, la Corte de Valdivia acogió el recurso de nulidad deducido en contra de la sentencia del Juzgado de Letras del Trabajo de Osorno, en la parte que rechazó la acción de tutela de derechos fundamentales del trabajador por actos constitutivos de acoso laboral.

En su sentencia, la Corte indicó en síntesis que, de los hechos establecidos en el fallo en examen y aún más si se quiere ser menor exigente, la sola relación de los antecedentes médicos del actor, dan cuanta y son concordante con la exposición fáctica que ha realizado en su demanda. Es decir, luego de 22 años de servicios se vio envuelto en una situación de acoso laboral que le provocó una patología mental que debió ser tratada. Enfermedad que lo obligó a presentar carta de auto despido por los mismos hechos. Pese a ello, en un motivo diverso, la señora jueza expresa que se ha establecido la existencia de acoso. En consecuencia, es necesario acoger el recurso de nulidad por errada calificación jurídica de los hechos acreditados, ya que en el fallo se la errado en la selección de la norma a aplicar, siendo ésta la contenida en el inciso 2 del artículo 2 del Código del Trabajo.

Por lo anterior, la Corte de Santiago acogió el recurso de nulidad deducido por la demandante, declarando parcialmente nula la sentencia impugnada, sólo en la parte que rechazó la demanda de tutela laboral, dictándose acto seguido, la respectiva sentencia de reemplazo.

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia Rol N° 102-2018.

 

 

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* Primer juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acogió demanda de tutela de derechos fundamentales por acoso laboral...

 

 

 

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