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Primera sala.

TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna norma que permite al Servicio de Evaluación Ambiental establecer guías trámite que incidiría en el «caso Dominga».

La gestión pendiente incide en autos sobre reclamación judicial ambiental, seguidos ante el Primer Tribunal Ambiental, en actual conocimiento de la Corte Suprema.

9 de octubre de 2018

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 81 letra d) de la ley N° 19.300, Bases Generales del Medio Ambiente.

La disposición impugnada estable, en síntesis, que el Servicio de Evaluación Medio Ambiental puede, a través de guías trámite puede uniformar distintos actos y requisitos que establezcan los ministerios y demás organismos del Estado competente.

La gestión pendiente incide en autos sobre reclamación judicial ambiental, seguidos ante el Primer Tribunal Ambiental, en actual conocimiento de la Corte Suprema por recursos de casación en la forma y fondo, en que la requirente es tercera independiente en el marco del denominado “caso Dominga”.

Cabe recordar que el requirente estima que el precepto impugnado vulneraría el bien común y el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, ya que impide el ejercicio de las facultades discrecionales de la administración.

Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a las demás partes de la gestión invocada. En el caso que se declare admisible, corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo del requerimiento.

 

 

Vea textos íntegros del requerimiento y el expediente Rol N° 5312-18.

 

 

 

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