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Ministra Marianela Cifuentes condena a carabineros en retiro por secuestro simple de Jeremías Jara Valenzuela.

La ministra en visita condenó al entonces capitán Héctor Fernando Osses Yáñez y al entonces teniente Aquiles Bustamante Oliva, jefe y subjefe de la subcomisaría de La Granja, a la pena de 3 años de presidio con el beneficio de la remisión condicional.

7 de noviembre de 2018

La ministra en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de San Miguel, Marianela Cifuentes Alarcón, condenó a dos oficiales en retiro de Carabineros por su responsabilidad en el delito de secuestro simple Jeremías Noé Jara Valenzuela, ilícito perpetrado a partir del 19 de octubre de 1973, en la comuna de La Granja.
En la resolución, la ministra en visita condenó al entonces capitán  Héctor Fernando Osses Yáñez y al  entonces teniente Aquiles Bustamante Oliva, jefe y subjefe de la subcomisaría de La Granja,  a la pena de 3 años de presidio con el beneficio de la remisión condicional.
En la etapa de investigación, la ministra visita logró establecer los siguientes hechos:
1° Que el día viernes 19 de octubre de 1973, en horas de la tarde, en avenida Santa Rosa con calle Bolivia de la comuna de La Granja, Jeremías Noé Jara Valenzuela fue detenido, sin derecho, junto a Manuel Jacinto Gutiérrez Montano, Pedro David Otárola Sepúlveda y otros tres jóvenes, por el Sargento 2° Temístocles Vergara Espinoza y personal a su cargo, todos de dotación de la Subcomisaría de Carabineros de La Granja.
2° Que, en esa fecha, la unidad policial antes referida se encontraba a cargo del Capitán Héctor Fernando Osses Yáñez y del Teniente Aquiles Bustamante Oliva.
3° Que, acto seguido, los detenidos fueron trasladados a la Subcomisaría de Carabineros de La Granja, lugar en que se les mantuvo encerrados de manera ilegal y arbitraria hasta el día 21 de octubre de 1973, en la madrugada, omitiendo ponerlos a disposición del tribunal competente, dando información errónea a los familiares que acudieron a consultar respecto de su situación y faltando a la verdad en el Libro de Guardia, al consignar que se les puso en libertad el día 20 de octubre de 1973, a las 06:30 horas.

 

Vea texto íntegro de la sentencia

 

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