Diario Constitucional

Admisible.

TC se pronunciará respecto del fondo de inaplicabilidad que impugna norma que incidiría en juicio por ejercicio de actividad económica sin previo pago de patente municipal.

El requirente estima que el precepto impugnado infringiría el derecho de propiedad y la igualdad tributaria.

Por Redacción·07 de noviembre de 2018·1 min de lectura
TC se pronunciará respecto del fondo de inaplicabilidad que impugna norma que incidiría en juicio por ejercicio de actividad económica sin previo pago de patente municipal.
Referencial

El TC declaró admisible un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el inciso segundo del artículo 24 del DL N° 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales.

La gestión pendiente incide en autos infraccionales sobre ejercicio de actividad económica sin previo pago de patente municipal, seguidos ante el Segundo Juzgado de Policía Local de Valparaíso.

El requirente estima que el precepto impugnado infringiría el derecho de propiedad y la igualdad tributaria, en específico, la igual repartición de todos los tributos en proporción a las rentas, por cuanto el precepto lejos de gravar las rentas que genera el ejercicio de una actividad, rentas que son materia del impuesto respectivo que paga anualmente cada socio, la patente municipal busca imponer un tributo sobre el capital actual del contribuyente, en circunstancias que la Constitución sólo permite hacerlo sobre sus rentas. Asimismo, agrega que admite que tanto el Fisco, como las Municipalidades, puedan imponer tributos que, lejos de ser contribuciones asociadas a las rentas, constituyen confiscaciones patrimoniales sin que dichas exacciones revistan siquiera la forma de expropiaciones.

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