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Con voto en contra.

CS rechazó protección deducida contra una gendarme por supuestos actos de persecución y hostigamento contra tres internas del Complejo Penitenciario de Punta Arenas.

La decisión fue acordada con el voto en contra de la Ministra Vivanco y del abogado integrante Barra, quienes fueron del parecer de confirmar la sentencia apelada en virtud de los fundamentos en ella expresados.

28 de noviembre de 2018

La Corte Suprema rechazó la acción de protección deducida por tres internas del Complejo Penitenciario de Punta Arenas contra una funcionaria de Gendarmería de Chile, debido a que habrían sido objeto de persecución, hostigamiento, maltrato verbal y psicológico y denegación de atenciones de salud por parte de la recurrida.

En su sentencia, el máximo Tribunal indicó que, del mérito de los antecedentes, en especial considerando el informe evacuado por Gendarmería de Chile, no resulta posible dar por establecidos los hechos en que se funda la acción cautelar, toda vez que la sola declaración de las recurrentes consignadas tanto en el libelo del recurso como ante la Ministra de la Corte de Apelaciones que se constituyó en el recinto penal para dar cumplimiento a la medida para mejor resolver, son del todo insuficientes para tales efectos desde que, aun siendo coincidentes entre sí, no se ven respaldadas por antecedente alguno sino, al contrario, aparecen desvirtuadas tanto por lo que sostiene la recurrida como por lo que la Institución informó en autos. Así, es posible concluir que no se encuentra establecido un acto arbitrario e ilegal claro y determinado imputable a la recurrida ni por ende vulneración de garantía constitucional alguno.

Por tanto, la Corte Suprema revocó la sentencia apelada y rechazó la acción de protección deducida.

La decisión fue acordada con el voto en contra de la Ministra Vivanco y del abogado integrante Barra, quienes fueron del parecer de confirmar la sentencia apelada en virtud de los fundamentos en ella expresados.

Vea texto íntegro de la sentencia.

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