Diario Constitucional

Por unanimidad.

CS confirma sentencia que rechazó protección contra JUNJI por poner fin anticipadamente a contrato a honorarios de un abogado.

El recurrente estimó infringidos el derecho a la igualdad ante la ley y a la propiedad.

Por Redacción·23 de noviembre de 2018·2 min de lectura
CS confirma sentencia que rechazó protección contra JUNJI por poner fin anticipadamente a contrato a honorarios de un abogado.
Referencial

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Concepción, que rechazó la acción de protección deducida por un abogado en contra de la Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI) por poner término anticipadamente al contrato a honorarios que existía entre las partes.

El recurrente estimó infringido el derecho a la igualdad ante la ley y a la propiedad.

Cabe recordar que, en su sentencia, la Corte de Concepción indicó en su oportunidad que el asunto en discusión es si son correctas o no las circunstancias tenidas en vista para proceder a poner término al contrato que vinculaba a las partes. Al respecto, sostuvo que -como lo ha resuelto en forma reiterada la Corte Suprema- el recurso de cautela de derechos constitucionales constituye un arbitrio destinado a dar protección respecto de derechos que se encuentren indubitados y no discutidos, lo cual no ocurre en este caso. En efecto, los hechos que sirven de justificación al recurso se producen en el marco de discrepancias surgidas con motivo de la interpretación de las cláusulas del contrato suscrito entre las partes de este recurso, cuestión que sobrepasa los márgenes del procedimiento del recurso de protección, el que no puede llegar a constituirse en una instancia de declaración de derechos.

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