Noticias

Administración.

CS despacha informe sobre proyecto de ley que elimina privilegios procesales del Fisco.

El pleno del máximo Tribunal analizó el proyecto de ley que modifica diversos textos legales con el objetivo de eliminar privilegios procesales que favorecen a la administración del Estado.

14 de diciembre de 2018

El pleno de la Corte Suprema analizó el proyecto de ley que modifica diversos textos legales con el objetivo de eliminar privilegios procesales que favorecen a la administración del Estado, informe que fue remitido a la Cámara de Diputados ayer, jueves 13 de diciembre.
La sentencia sostiene que de esta forma, el legislador ha radicado los juicios que se sigan en contra del Fisco ante tribunales ordinarios, en los jueces de letras de comunas asiento de Corte de Apelaciones, siendo este el mismo arraigo territorial que el del Abogado Procurador Fiscal del Consejo de Defensa del Estado, lo cual evidencia la prevalencia del Fisco en la asignación de competencia, que incluso altera la competencia natural definida por la ley procesal. Por lo demás, la doctrina procesal ha entendido que esa es la explicación que justifica la regla especial a favor del Fisco", sostiene el informe.
Oficio que agrega que como surge de manera palmaria, dado que la aplicación de las reglas de competencia respecto de cualquier categoría de sujeto hace radicar un conflicto en un tribunal determinado, caracterizado por el territorio que éste abarca y en que ésta se encuentra, la alteración de esas reglas implican en la práctica el traslado del lugar del juicio a otro que no es naturalmente competente en beneficio de un sujeto específico -el Fisco en este caso-, lo cual autoriza  levantar una crítica sobre la igualdad y equilibrio asimétrico que esta institución representa.
A continuación, señala que si bien el legislador es soberano para determinar las reglas de competencia territorial (las que no se encuentran cubiertas por la garantía del juez natural), y que detrás de la regla de alteración de competencia a favor del Fisco existe en principio una razonabilidad plausible, no es menos cierto que la aplicación de esta regla pone al ciudadano en la situación de ser ‘arrastrado' a un tribunal distinto del que correspondería según las reglas orgánicas y, como es obvio, alejado de su asiento principal o domicilio, por lo que, en los hechos, esta regla trastorna el derecho a litigar en igualdad de condiciones en contra del Fisco.
Añade que por lo demás, parece cuestionable la mantención de esta regla en la actualidad, dado el creciente perfeccionamiento, profesionalización y robusta coordinación y organización del CDE y de la vigencia de la ley de tramitación electrónica, que posibilita realizar un gran número de actuaciones procesales sin necesidad de un desplazamiento presencial.
Afirma que de acuerdo a las consideraciones precedentes, creen que dicha propuesta legislativa debe ser materia de aprobación. Sin perjuicio de lo anterior, esta iniciativa legal debe ir de la mano con la adecuación normativa del Consejo de Defensa del Estado en términos tales que pueda abordar satisfactoriamente los respectivos requerimientos judiciales en sedes territoriales en que no tiene presencia actual.
Por último, concluye que en lo que se refiere a la eliminación de la regla de procedencia del trámite de consulta en causas que han de conocerse en primera instancia, ella es corolario natural de la supresión de las diferencias de trato que han venido indicándose, y en nada obstan a la revisión de la validez de la sentencia que se dicte por las Cortes de Apelaciones, pues siempre será procedente el recurso de casación en la forma (arts. 788 y 789 del Código de Procedimiento Civil).

 

Vea informe

 

RELACIONADOS
*Sala de la Cámara de Diputados aprobó eliminar privilegios procesales para autoridades incluidos los propios parlamentarios…
*Diputados de la Comisión de Constitución votaron por restar privilegios procesales para altas autoridades del país…

 

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *