Diario Constitucional

En fallo unánime.

Corte de Santiago ordena a isapre dar cobertura a fijación de prótesis.

El Tribunal de alzada acogió la acción cautelar deducida, tras establecer el actuar ilegal y arbitrario de la isapre al otorgar una cobertura menor a la pactada.

Por Redacción·13 de diciembre de 2018·1 min de lectura
Corte de Santiago ordena a isapre dar cobertura a fijación de prótesis.
Referencial

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección presentado en contra de la isapre Consalud S.A. por afiliado que requirió la implantación y fijación de una prótesis en muñeca fracturada, en hospital de Coyhaique.

La sentencia sostiene que a la luz de las definiciones que se han citado, en opinión de esta Corte, el instrumental de fijación de muñeca (consistente en tornillos y placas) implantado al recurrente de autos corresponde precisamente a un dispositivo médico implantable, destinado a corregir quirúrgicamente la estructura ósea de la muñeca afectada para que pueda fijarse de manera normal y que la deformidad disminuya con el paso del tiempo y la propia maduración ósea, precisamente mediante la utilización de estos sistemas metálicos.

Agrega que de lo anterior se sigue que la actuación que se reprocha a la Isapre Consalud ha de calificarse como ilegal y arbitraria al estimarlo, erradamente, como prótesis y órtesis, actuación que ha vulnerado la garantía consagrada en el numeral N° 24 del artículo 19 de la Constitución Política que protege al recurrente, pues le ha significado otorgarle una cobertura menor a la que correspondía según su plan pactado con la Isapre recurrida.

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