Opinión.
La Convención Constituyente Bonaerense -hipótesis sobre una omisión-.
El autor concluye que la imprescindible reforma municipal no puede ni debe dilatarse, ni entrar en contiendas que no sean el compromiso con las ideas y un inclaudicable sentimiento federal.

Recientemente, Ricardo Pablo Reca, abogado y doctor en Derecho, argentino, publicó un trabajo sobre la Convención Constituyente Bonaerense. El autor señala que esta Constitución, de 1994, ha respondido invariablemente a situaciones provocadas por hechos socio?institucionales y políticos, que han repercutido en la consagración y desenvolvimiento de la organización provincial.
Enseguida, enfatiza que Buenos Aires ha actuado bajo el influjo de la reacción –que está en el juicio histórico valorar–, incluyendo en oportunidades la abstención de sus fuerzas políticas representativas. La Convención Constituyente de 1994 fue la primera que se reunió sin que episodios traumáticos de la vida cívica argentina la condicionaran y también la primera vez que participaron en su asamblea el Partido Justicialista y la Unión Cívica Radical.
Más adelante, expone que no era la Constitución de 1854, reflejo de la secesión de Buenos Aires ni la de 1889 que marcó el período más largo y difícil de la provincia después de perder su capital y su puerto. Ni la de 1934, cuando los hechos históricos del 6 de septiembre de 1930 llevaron a la abstención del Radicalismo y a la división del propio partido Socialista.




