Diario Constitucional

En fallo dividido.

Corte de Santiago ordena pago retroactivo de licencia médica maternal presentada fuera de plazo por complicaciones en embarazo gemelar.

La decisión fue adoptada con el voto en contra del Abogado Integrante Cruchaga.

Por Redacción·21 de enero de 2019·3 min de lectura
Corte de Santiago ordena pago retroactivo de licencia médica maternal presentada fuera de plazo por complicaciones en embarazo gemelar.
Referencial

En fallo dividido, la Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección deducido en contra de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (Compin) que ratificó el rechazó de licencia médica por presentación fuera de plazo.

En su sentencia se expone que, como se desprende de la licencia médica rechazada (N°2-56289345), esta fue extendida en una fecha muy posterior al período de inicio del reposo como de la vigencia misma del reposo maternal post natal, de tal manera que era imposible haber sido presentada dentro del plazo legal, siendo una licencia médica denominada ‘de efecto retroactivo'. Esto es, ampara un reposo en un tiempo pasado y no presente o futuro como es normal", sostiene el fallo.

Enseguida, se aduce que la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso), en diversos Dictámenes administrativos ha manifestado lo siguiente: ‘La circunstancia de que se haya señalado que a una licencia médica retroactiva no debe aplicársele el D.S. 3 de 1984, del Ministerio de Salud, persigue que no se la rechace por el sistema común de salud por extemporánea o fuera de plazo' (Dictamen N°1780-2002, de 14 de enero de 2002). En un Dictamen del año 2014 (N°48210-2014, de fecha 29 de julio de 2014), esta misma Superintendencia sostuvo: ‘Sin embargo, en casos excepcionales, esta Superintendencia ha ordenado autorizar licencias médicas tramitadas fuera de su período de vigencia, cuando la causal de fuerza mayor o caso fortuito es de tal envergadura que excedió dicho período e hizo absolutamente imposible exigir otra conducta al beneficiario de la licencia. Es decir, cuando se trate de una causal de fuerza mayor o caso fortuito en los términos del artículo 45 del Código Civil, esto es, aquel imprevisto al que no es posible resistir'".

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.