Por unanimidad.
CS revocó sentencia y rechaza protección contra Gendarmería por traslado de funcionaria de Centro de Reinserción Social a Complejo Penitenciario de Puerto Montt.
La recurrente estimó infringidos el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica, la igualdad ante la ley, el debido proceso y el respeto y protección de la honra de la persona.

En fallo unánime, la Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Puerto Montt y rechazó la acción de protección deducida en contra de Gendarmería de la Región de Los Lagos, por traslado de la recurrente desde el Centro de Reinserción Social de Puerto Montt, en donde se desempeñaba como Jefa Técnica, al Complejo Penitenciario de Puerto Montt.
La recurrente estimó infringidos el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica, la igualdad ante la ley, el debido proceso y el respeto y protección de la honra de la persona.
En su sentencia, el máximo Tribunal indicó que del mérito de los antecedentes no resulta posible dar por establecido que la autoridad recurrida, al disponer el cambio de destinación de la actora al Centro Penitenciaria Alto Bonito de Puerto Montt, haya incurrido en un acto ilegal, puesto que se ajusta tanto a lo dispuesto en el artículo 73 del Estatuto Administrativo –que, establece, en lo pertinente, que los funcionarios sólo podrán ser destinados a desempeñar las funciones propias del cargo para el que han sido designados dentro de la institución correspondiente- como a las facultades delegadas por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a los Directores Regionales para disponer las destinaciones del personal dentro de los establecimientos de su jurisdicción.
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