Diario Constitucional

Primera sala.

Impugnan ante el TC norma que prohíbe instalación de consultas médicas en establecimientos de óptica.

La gestión pendiente incide en autos sobre recurso de protección, seguidos ante la Corte de Santiago.

Por Redacción·12 de febrero de 2019·1 min de lectura
Impugnan ante el TC norma que prohíbe instalación de consultas médicas en establecimientos de óptica.
Referencial

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 126, inciso segundo, parte final del Código Sanitario.

El precepto impugnado establece: “En ninguna de estos establecimientos estará permitida la instalación de consultas médicas o de tecnólogos médicos”.

La gestión pendiente incide en autos sobre recurso de protección, seguidos ante la Corte de Santiago, en los que la requirente fue sancionada con medida sanitario de prohibición de funcionamiento, luego de constatarse por fiscalización que en su interior existía una consulta profesional de optometría.

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