Noticias

En forma unánime.

CS confirmó sentencia que rechazó protección deducida contra el Juzgado de Garantía de San Felipe por decretar medidas intrusivas e incautar vehículo de un imputado por violencia intrafamiliar e incendio.

Medidas decretadas no son ilegales ni arbitrarias.

18 de febrero de 2019

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Valparaíso, que rechazó la acción de protección deducida por un imputado en una causa por violencia intrafamiliar e incendio contra el Juzgado de Garantía de San Felipe, debido a que autorizó diversas medidas intrusivas y la medida cautelar de incautamiento de un vehículo en su contra.
El recurrente señaló que se conculcó el derecho a la inviolabilidad del hogar y las comunicaciones, pues gracias a las medidas intrusivas decretadas puede obtenerse información acerca de los teléfonos respecto de los que se han dirigido o recepcionado llamadas por la línea o señal telefónica que emplea, así como la entrada y registro a su domicilio. Asimismo, indicó que se vulneró el derecho de propiedad, ya que no puede ejercer las facultades propias del dominio sobre el vehículo incautado.
Cabe recordar que la Corte de Valparaíso sostuvo que las resoluciones judiciales impugnadas emanaron de autoridad competente, en el ejercicio de sus funciones, y dentro de sus atribuciones legales. Asimismo, tampoco se advierte el comportamiento arbitrario que acusa la recurrente, desde que los antecedentes aportados por el Ministerio Público sí lograban establecer las sospechas fundadas que prevé el legislador para autorizar las medidas que le fueron requeridas, por lo que sus decisiones se enmarcan dentro de las facultades que les son inherentes al desempeño de sus funciones jurisdiccionales. Por lo anterior, el Tribunal de alzada rechazó la acción de protección deducida.
Por su parte, el máximo Tribunal confirmó la sentencia apelada.

 

Vea textos íntegros de la sentencia Rol 2517-2019 de la Corte Suprema y la sentencia de la Corte de Valparaíso.

 

RELACIONADO
* CS confirmó sentencia que rechazó protección deducida contra la Defensoría Penal Pública y el Juzgado de Garantía de Arica pues no le ha designado un abogado defensor a un imputado…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *