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En fallo unánime.

Corte de Santiago ordena a la Contraloría entregar infografías solicitadas con fines docentes.

El Tribunal de alzada estableció que la negativa del organismo contralor a proporcionar información pública solicitada con fines docentes, va en contra de los principios que afirma promover.

8 de abril de 2019

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago acogió recurso de reclamación deducido por profesor de derecho administrativo y ordenó a la Contraloría General de la República entregar archivos PDF de las infografías del personaje "Contralorito".
La sentencia sostiene que sobre la materia establece su artículo 16 que la autoridad requerida está obligada a proporcionar la información que se le solicite, salvo que concurra la oposición regulada en el artículo 20 o alguna de las causales de secreto o reserva y para el caso de la negativa esta deberá ser fundada, en tanto que el artículo 17 señala que la información solicitada se entregará en la forma y por el medio en que el requirente haya señalado, siempre que ello no importe un costo excesivo o un gasto no previsto en el presupuesto institucional, casos en que la entrega se hará en la forma y a través de los medios disponibles.
La resolución agrega que establecido lo anterior, es que debe determinarse si la reclamada cumplió con tales mandatos. Al efecto, debe concluirse que no basta que ponga la información a disposición del público por los medios que estime convenientes, sino debe atender los requerimientos que se le hagan salvo que, como lo dice la última de las normas citadas, ello importe un costo excesivo o un gasto no previsto. En el informe nada se dice al respecto y si se le pidió entregar la información de una manera precisa y determinada, debió hacerlo, no resultando admisible que desatienda este mandato legal.
A continuación, el fallo señala que consiguientemente, la respuesta dada se convierte en una negativa para entregar una información pública, que contraría los principios que la reclamada dice promover.
Añade que la controversia planteada lejos está de serlo sobre un tema de ilegalidad, sino más bien dice relación con la deferencia y la buena voluntad con que debe atenderse por la autoridad un requerimiento, que podría considerarse que escapa de lo común, de parte de un particular que, en definitiva, no hace sino llevar a la práctica, los fines que la autoridad preconiza y que beneficia a ambos. En este entendido la reclamación será acogida.
Por tanto, concluye que se acoge la reclamación deducida en contra de Jefa de la Unidad de Accesos a la Información y Lobby, de la Contraloría General de la República, quien deberá entregarle la información en la forma que le fue requerida en el plazo de diez días, ejecutoriada que sea la presente sentencia, sin costas.

 

Vea texto íntegro de la sentencia rol 507-2019

 

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